jueves, 6 de agosto de 2009

Vencen Viernes Facilidades para Descargar Vehículos Vendidos sin Copias Actos de Ventas.


La Dirección General de Impuestos Internos informó que vence el viernes 7 de agosto el plazo dado por la Ley 492-08 y sus facilidades para que todas las personas que hayan vendido algún vehículo de motor y aún figure a su nombre, registren las ventas de los mismos con o sin la copia del acto de venta. Durante seis meses, luego de la promulgación de la referida ley el 9 de Febrero 2009, los antiguos propietarios podían realizar el descargo del vehiculo llenando sólo un formulario de Declaración Jurada de la venta realizada, disponible en las Administraciones Locales y Colecturías de la DGII, así como en la Página Web de la institución entrando a la Sección de formularios, y pagando un impuesto de RD$300.0.

A la fecha, 10,689 antiguos propietarios aprovecharon las facilidades dadas desde diciembre pasado, medida publicitada en varias ocasiones por Impuestos Internos, pero de éstos, sólo 484 nuevos propietarios han completado el proceso de compra registrando en la DGII.

Impuestos Internos reitera que los nuevos propietarios que no hayan realizado el traspaso no tendrán derecho a renovar el Impuesto Anual de Circulación de Vehículos de Motor, Marbete, cuyo proceso inicia a mediados de este mes de agosto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 492-08, la Dirección General de Impuestos Internos no aceptará la renovación de la placa, ni la inscripción de ninguna oposición de garantía sobre vehículo, hasta tanto el adquiriente del mismo no haya satisfecho el pago de los impuestos correspondientes a la transferencia del mismo.

El pasado 10 de marzo, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) emitió un boletín de prensa exhortó a los propietarios de vehículos de motor que ha la fecha no habían realizado los traspasos de los mismos, a legalizar su situación. Pero además, en un espacio pagado en la prensa nacional la DGII dio a conocer un listado con más de ocho mil números de placas correspondientes a los vehículos cuyos antiguos dueños comunicaron de sus ventas ante Impuestos Internos interponiendo así una oposición por descargo y eximiéndose de la responsabilidad del Artículo 1384 del Código Civil que establece que el propietario de un vehículo se presume responsable de los daños y perjuicios causados por dicho vehículo de motor, aunque no tenga la dirección y conducción del mismo. Además, la DGII puso a disposición de la ciudadanía una herramienta en su página Web www.dgii.gov.do para consultar sobre la oposición entrando a la sección “Consultas” en “Consultas Placas por Descargo”.

Para la Renovación de Marbetes 2009 que se avecina, los vehículos que presenten esta “Oposición por Descargo” de sus antiguos propietarios no podrán renovar hasta tanto sus nuevos dueños realicen el traspaso correspondiente.