domingo, 20 de septiembre de 2009

Aprobación Artículo 128 Manda retiro Jueces SCJ.

En primera lectura se aprobó el artículo 128, del proyecto, que establece la edad de retiro de los jueces de la Suprema Corte en 75 años de edad. De aprobarse en segunda lectura, lo cual parece un hecho, pues fue consensuado entre el PRD Y el PLD, por lo menos 6 de los 16 miembros del alto tribunal deberán ser sustituidos. Estos magistrados son:

1-Margarita Tavares, de la Cámara Civil y Comercial, quien nació el 28 de abril de 1924.

2-Hugo Álvarez Valencia, Juez Presidente de la Cámara Penal, nacido el 10 de abril de 1923.

3-Julio Ibarra Ríos, Juez de la Cámara Penal, quien nació el 20 de septiembre de 1934.

4-José Enrique Hernández Machado, juez de la Cámara Civil, seleccionado en 2001, a la edad de 70 años.

5-Juan Luperón Vásquez, Juez Presidente de la Cámara de Tierras, Laboral, Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario. Nació el día 24 de junio de 1932

6-Pedro Romero Confesor, Juez de la Cámara de Tierras, Laboral, Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario. Al momento de su elección en 2001, tenía 71 años. Otro magistrado que sería sustituido el próximo año es Rafael Luciano Pichardo, Juez Presidente de la Cámara Civil y Comercial y primer Sustituto del Presidente de la Suprema Corte, quien nació el 17 de junio de 1935.

2 comentarios:

Unknown dijo...

La ley de Carrera Judicial en su Artículo 56 desarrolla su "RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS JUECES Y
SERVIDORES JUDICIALES"

El párrafo V (de los VII que tiene dicho texto) expresa:

--Se declara facultativa la jubilación de los Jueces de la Suprema Corte de Justicia a los setenta (70) años de edad y OBLIGATORIA A LOS SETENTA Y CINCO (75).---

Unknown dijo...

Es llamativo..que...en un Texto Constitucional se estén tomando medidas puramente reglamentarias, de caracter accesorio a una ley adjetiva.

(Aunque ese tope de edad figura consignado en una ley votada el 9 de Julio del 98.

Me refiero unicamente a la nota de prensa o informacion transcrita en el post