lunes, 14 de febrero de 2011

Priviliegio Inscrito por a favor del Estado por Mensuras Catastrales.

Hace poco, al intentar el traspaso de un inmueble, me encontré con que en el certificado de título de dicho inmueble figuraba un privilegio inscrito a favor del Estado por concepto de mensura catastral por un valor de RD$246.69.

Pregunté en Registro de Títulos el procedimiento para pagar dicho privilegio y limpiar el título, y me dirigieron a la DirecciónGeneral de Impuestos Internos para que realizara el pago. Al llegar a la DGII, la cajera me dice que no tiene opción en el sistema para aplicar dicho pago. Realiza algunas llamadas y la respuesta es que ese privilegio no se paga ya porque fue derogada esa Ley, que por esa razón no le aparecía la opción en el sistema que me permitiera realizar el pago.

"Bien"le dije, asombrado de que la DGII no le buscara la vuelta y se quedara con el dinero, con esa voracidad fiscal que tienen.."pero distinguida Dama, podría darme la información de cuando fue derogada y que Ley la derogó?". Obviamente no podía presentarme a Registro de Títulos y que eliminaran el privilegio inscrito solo porque yo lo dijera. Nadie, absolutamente nadie pudo darme esa información.

En Registro de Títulos, nadie sabía nada; en la DGII Santo Domingo, tampoco; en Mensuras Catastrales me dijeron que no sabían "que eso se había derogado." En fin, nadie sabía nada y yo estaba en el limbo. Queriendo pagar y nadie quiere cobrar.

Conversando con el colega y primo Carlos Gómez, quién junto a Hipólito Marte y Franklin Abreu estaran inaugurando unas preciosas oficinas en La Vega, finalmente obtuve la respuesta: "consigna el dinero en la DGII mediante una oferta real de pago; luego demanda la validez de la oferta"....por RD$246.69....

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Eso no me sorprende. En este país estamos acostumbrados a que se realizen cambios en las instituciones y los trabajadores ni se enteran. Entonces llega uno allí con un problema creado por ellos del cual no saben ni siquiera como resolver. Recientemente yo había solicitado por internet una certificación de mi acta de nacimiento y como se tardaban tanto para entregarmelo llamé a la JCE y me dijeron que no sabían que eso existía. Y yo me pregunto ¿A dónde es que vamos a llegar?

Anónimo dijo...

Ese impuesto en virtud de la Ley No. 225-01 no es necesario el pago del mismo en virtud de esta se procede a solicitar el levantamiento de dicho privilegio.

Ley 255-01

ARTICULO  UNICO:  A  partir  de  la  publicación  de  la  presente  Ley  quedan  derogadas  las  disposiciones siguientes: 

b) La Ley No. 3705, del 19 de diciembre de 1953, que regula el cobro de los créditos a favor  del Estado por concepto de mensuras catastrales;